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miércoles, 26 de agosto de 2009

Nuevo número de Etica de los Cuidados


La Revista Ética de los Cuidados acaba de publicar el número 3 de su revista. Les ofrecemos el sumario de la revista y algún resumen de sus artículos.

“En torno al proyecto de ley andaluz sobre la dignidad del proceso de muerte” Pablo Simón Lorda. Editorial

“Voluntades anticipadas en pacientes terminales. El rol de Enfermería” Francisco Javier León Correa, Carolina Abrigo y Claudia Délano Resumen En el Proyecto de Ley chileno de derechos y deberes de los pacientes, a punto de aprobarse, se contempla el derecho de los usuarios del sistema de salud a redactar voluntades anticipadas (VA). Objetivo principal: ¿Qué conocimiento tienen las enfermeras acerca de las voluntades anticipadas y cuál es su rol? El estudio es de tipo cualitativo descriptivo. Muestra: 18 enfermeras. Criterios de inclusión: Ejercicio profesional en servicio de paciente crítico o terminal, de cuatro hospitales. Conclusión: desconocen el documento de VA, pero tienen un rol activo en el conocimiento de los valores del paciente y la familia antes y durante la asistencia clínica. Desconfían ante el posible texto legal, pero lo ven conveniente ante la actitud aún demasiado paternalista de la atención.

“El testamento vital: su valor y vinculación”. Ramón Maciá. Resumen: La regulación del "Testamento Vital", de muy reciente inclusión en el sistema legal español, y de gran actualidad y concisión, carece, sin embargo, de una previsión legal en lo que se refiere al incumplimiento del mismo por parte de los Profesionales de la Medicina. Se constata que de forma, tal vez, voluntaria el legislador ha eludido introducir una norma que sancione el voluntario incumplimiento de lo que dispuso validamente el ahora agonizante, precisamente, para las atenciones que quisiera o que no quisiera recibir en sus últimos momentos. Para el autor, Ramón Maciá Gómez, es precisa una reforma del Código Penal que prevea como infracción penal tal incumplimiento .

“La vulnerabilidad de los derechos de los pacientes en el medio hospitalario” por Beatriz Braña Marcos
Resumen: Los derechos humanos son un conjunto de derechos "básicos" que facultan a los seres humanos para exigir de los demás su respeto, y del Estado su reconocimiento y la garantía de su cumplimiento. Los derechos de los pacientes son expresión de los valores que conforman los derechos humanos. La legislación ha ido reconociendo la protección de los mismos. Sin embargo, nuestros pacientes hospitalizados se encuentran en una situación de vulnerabilidad en la que, repetidamente, ven perjudicados sus derechos sin que el personal sanitario sea consciente de que lo está haciendo. Desde los Comités de Ética Asistencial debemos buscar soluciones a estas situaciones, realizar formación sobre los derechos fundamentales de los pacientes y trabajar duramente en este terreno hasta que los profesionales asuman e integren, de facto, en su quehacer diario, todos estos conceptos, en cumplimiento de un deber ético, moral, profesional y judicial de respeto a los derechos de los pacientes

“Análisis ético-profesional de las órdenes de no reanimación” por Jesús Molina Mula
Resumen: Si estudiamos la situación de los enfermos terminales en los hospitales españoles, podemos descubrir que en muchos de ellos nos encontramos con las conocidas entre los profesionales sanitarios como Órdenes de No Reanimación o No RCP (Reanimación Cardio-Pulmonar) pautadas por los médicos responsables de estos enfermos y como estas no solo afectan a los médicos en régimen de guardia, sino que implican de forma directa a los profesionales de enfermería, subsidiarios de iniciar la reanimación ante una parada cardio-respiratoria. Es por esto, que se precisa de un análisis ético previo por parte del enfermero para que en el momento que se produzca una situación de no reanimación, tenga clara cuál es la opción que va a desarrollar, conociendo de antemano los criterios estrictos de su prescripción y conocer el papel que juega como profesional en esta situación.

“La intimidad en la Unidad de Cuidados Intensivos: Perspectiva enfermera categorizada desde los sentidos”. María Josep Arévalo, Mónica Maqueda, Eva Pérez, Sylvia Mónica Amorós
Resumen La interacción con el paciente forma parte del cuidado de enfermería: ver, oír, tocar y sentir mediante un proceso de empatía. El objetivo de esta investigación es analizar el concepto de la intimidad desde los sentimientos y mostrar el papel de los sentidos como dimensiones importantes de la intimidad percibida por enfermería, con la finalidad de mejorar la calidad asistencial a través de prácticas éticas. Material y método: Estudio cualitativo fenomenológico. Recogida de datos: entrevistas semiestructuradas en profundidad. Análisis de contenido.Resultados: Los participantes relacionaron los sentidos de la vista, oído y tacto con el término intimidad y generan sentimientos de desprotección, vulnerabilidad y empatía. El respeto a la intimidad es una necesidad sentida por los profesionales de enfermería. El contacto surge como una dimensión de la intimidad relacionado con el desempeño de cuidados corporales.Conclusión: El cuidado enfermero debe garantizar la intimidad y privacidad de las personas ingresadas en la UCI.
"Teoría de la justicia" de J. Rawls, su apreciación para las ciencias de la salud. Análisis desde el cercado por Manuel Gago Fornells

¿Qué piensan nuestros pacientes sobre la figura de la enfermera referente?
Patients. What do they think about primary nurse? de Mª del Prado Lázaro Muñoz

El Silencio Familiar: Ocultar la Evidencia por Fernando Jesús Robledo Cárdenas. Caso clinico.

“Dignidad y utilización de la imagen. A propósito de Eluana” Miriam Vázquez. Carta al director.

Reseña bibliográfica: Médicos en el Cine. Dilemas bioéticos: sentimientos, razones y deberes, de Sagrario Muñoz Calvo y Diego Miguel Gracia Guillén por José Mª Rumbo Prieto, Luís Arantón Areosa.

Para más información: http://www.index-f.com/eticuidado/n3/sumario.php

Enlace de la revista Ética de los Cuidados: http://www.index-f.com/eticuidado/revista.php

domingo, 16 de agosto de 2009

A vueltas con el derecho morir dignamente: Un tribunal australiano con sentido común

«Soy Christian Rossiter y quisiera morir. Soy prisionero de mi propio cuerpo. No me puedo mover»


Así se manifestó un hombre tetrapléjico de 49 años ante un tribunal australiano. Es un nuevo caso en el que el sentido común se ha impuesto. La autonomía de la voluntad, uno de los grandes principios de la Bioética, exige el respeto a la capacidad de decisión de las personas, y el derecho a que se respete su voluntad. Es una prerrogativa de la persona, por el que es plenamente capaz de tomar sus propias decisiones, con lo que con mayor razón puede decidir cuando ha llegado al final de su vida.


Rossiter quedó tetrapléjico tras el infortunio de sufrir dos accidentes separados en el tiempo: uno cuando fue golpeado por un coche mientras viaja en su bicicleta, y otro al caerse de un edificio desde una altura considerable. A consecuencia de ello quedó severamente paralizado, por lo que declaro que no puede hacer sus «funciones humanas más básicas» como secarse las lágrimas. Dichas declaraciones recogidas en el diario el País, recogen la entereza de Christian Rossiter, que le teme mas al dolor que a la propia muerte.


En este caso el Tribunal se apresuró a declarar que no se trata de un caso de Eutanasia sino que consideró que el demandante, que no está moribundo, tiene una capacidad mental plena para decidir sobre la interrupción de su tratamiento. Lo que hace especial este caso es que se entiende que la alimentación por vía nasogástrica (agua y comida) forma parte del tratamiento y por tanto en virtud de la autonomía puede negarse a ello. Y en consecuencia la institución que se encarga de su cuidado (Grupo de Atención Brightwater) no seria responsable penalmente de su muerte. Este caso podría darse en España, al amparo de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. Dice esta ley que toda actuación en el ámbito de la salud de un paciente necesita el consentimiento libre y voluntario del afectado, una vez recibida la información. Por tanto se entiende que no puede actuarse en contra de la voluntad del paciente, y si el sujeto no quisiera alimentación, estaría en su derecho.


Hace poco en Andalucía se dio una situación similar con Inmaculada Echevarría en la que por petición expresa de la interesada se le retiro todo tratamiento (se le retiró el ventilador mecánico que le mantenía con vida).


Ocurre sin embargo que estas situaciones despiertan recelos del personal sanitario, para considerar la alimentación y la hidratación (oral o por sonda NSG) como un tratamiento, lo que conlleva resistencias a seguir las indicaciones del sujeto. Es hora de darle autonomía a la persona. Gracias a sentencias como esta, se ha dado un paso adelante.

Ángel Alfredo Martínez Ques

Más información en los siguientes enlaces:


El país:
http://www.elpais.com/articulo/sociedad/tribunal/australiano/autoriza/retirada/alimentacion/tetraplejico/elpepusocsal/20090814elpepusoc_1/Tes


La nueva España:
http://www.lne.es/sociedad-cultura/2009/08/15/sociedad-christian-rossiter-quisiera-morir/795587.html


La Segunda online
http://www.lasegunda.com/detalle_impreso/index.asp?idnoticia=La_Segunda14082009Aexport_La_Segunda_ART_152742_PAG_59667

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La ética de la investigación

CIOMS, tal como se la conoce por sus siglas en Ingles (Council For International Organizacions of Medical Sciences) ha desarrollado, en conjunto con la Organización Mundial de la Salud, un conjunto de pautas éticas internacionales para las investigaciones biomédicas con sujetos humanos, con especial atención a los estudios patrocinados por las naciones desarrolladas y llevadas a cabo en aquellas en vías de desarrollo.

Ver http://www.paho.org/Spanish/BIO/CIOMS.pdf para la versión completa en español de las pautas y los comentarios.

Para ser ética la investigación debe cumplir una serie de condiciones, de acuerdo con la pauta 1ª de la CIOMS :

"La justificación ética de la investigación biomédica en seres humanos radica en la expectativa de descubrir nuevas formas de beneficiar la salud de las personas. La investigación puede justificarse éticamente sólo si se realiza de manera tal que respete y proteja a los sujetos de esa investigación, sea justa para ellos y moralmente aceptable en las comunidades en que se realiza. Además, como la investigación sin validez científica no es ética, pues expone a los sujetos de investigación a riesgos sin posibles beneficios, los investigadores y patrocinadores deben asegurar que los estudios propuestos en seres humanos estén de acuerdo con principios científicos generalmente aceptados y se basen en un conocimiento adecuado de la literatura científica pertinente".

Una investigación puede ser mal diseñada o realizada, produciendo resultados científicamente poco confiables o inválidos. En este sentido, la mala ciencia no es ética. Las revistas deberían acogerse a una serie de principios o pautas para su publicación, lo cual sería una buena práctica.

(Parte de este texto se publicó en la lista gneaupp-ulceras el 29 de abril de 2007)