lunes, 27 de diciembre de 2010

Nuevo número de Etica de los Cuidados


Revista Etica de los cuidados. 1º Semestre 2010, año 3 (5)

Está a su disposición en formato electrónico el número 5, de la revista Etica de los Cuidados, correspondiente al 1º semestre del año 2010. Donde abordan los siguientes temas:

-Investigación y despilfarro, o de cómo se produce la expatriación del conocimiento científico
-Falacia naturalista. Cuestiones éticas en su aplicación en la práctica clínica
-Reflexión ética ante los incidentes críticos percibidos por los estudiantes de enfermería en las prácticas clínicas. Un acercamiento al currículo oculto
-Investigación de óbitos en menores de un año. En búsqueda de la integridad en la asistencia
-Afrontamiento inefectivo y conductas de riesgo
-Espiritualidad y cuidados de enfermería: una visión panorámica
-¿Mejora la calidad de los cuidados paliativos dispensados en las diferentes unidades de un hospital general con la incorporación de la figura de una enfermera gestora de cuidados paliativos?
-¿Consideran los usuarios que la historia de valores es una herramienta de reflexión de sus valores, creencias y preferencias sobre salud que debería estar implantada en la planificación de la atención sanitaria?
-Percepciones de los padres y las madres de recién nacidos ingresados en una unidad de cuidados intensivos neonatales y su opinión sobre la hospitalización compartida
-La enfermera y la muerte digna: Habitación hospitalaria individual
-¿Informatización igual a mejora de cuidados? Nosotros decidimos

jueves, 29 de julio de 2010

Objección de conciencia

A continuación dejo el enlace de un articulo publicado en el EL MUNDO.es por la médico Mónica Lalanda, bajo el título "Mi objeción de conciencia", en el que hace una interesante y personal reflexión sobre la objección de conciencia.

http://www.elmundo.es/blogs/salud/profesionsanitaria/2010/07/15/mi-objecion-de-conciencia.html

martes, 6 de abril de 2010

Dia Mundial de la Salud 2010


Nos hacemos eco de esta interesante iniciativa de la OPS-OMS:


El Día Mundial de la Salud 2010 está dedicado al urbanismo y la salud. La campaña pone de relieve los efectos que tiene en la salud humana la vida en las ciudades y promueve iniciativas para convertirlas en lugares más saludables.

El propósito de la campaña del Día Mundial de la Salud 2010 de la Organización Panamericana de la Salud/Organización Mundial de la Salud (OPS/OMS) es concientizar sobre estos problemas y mostrar como abordándolos, las ciudades pueden convertirse en lugares más sanos para vivir.

Promoción de una vida urbana saludable

Hay medidas y políticas eficaces en varias áreas fundamentales que pueden ayudar a convertir las ciudades en lugares más sanos; por ejemplo:

Seguridad humana – políticas y programas para reducir la violencia, leyes y reglamentos que mejoran la seguridad vial, y planificación y construcción que incluyen vías para caminar y andar en bicicleta así como lugares seguros para ­encuentros públicos
Comportamientos saludables – políticas y programas que ayudan a reducir el consumo o abuso de tabaco, alcohol y otras drogas, que promueven la actividad física y que ayudan a “convertir la alternativa saludable en la alternativa fácil”
Entornos sanos – iniciativas de municipios, escuelas, comunidades, mercados y otros lugares de trabajo que procuran mejorar el ambiente y promover la salud de sus miembros y asociados
Infraestructura urbana – promoción de la planificación urbana, espacios públicos limpios, transporte público, reciclaje, energía renovable, espacios verdes, agua y saneamiento
Contaminación ambiental, del aire y sonora – medidas para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, los riesgos químicos y el ruido
Urbanización inclusiva – políticas y programas que procuran reducir las inequidades, prevenir el surgimiento de barrios pobres y atender a las personas más vulnerables, incluidos los adultos sin techo y los niños de la calle
Preparativos para situaciones de emergencia – fomento de la construcción de infraestructura resistente a los desastres y de la continuidad de los servicios vitales en casos de desastre o de otras situaciones de emergencia
Control y prevención de enfermedades – financiamiento y políticas que apoyan la planificación y las intervenciones en el ámbito de la salud pública y que proporcionan servicios de salud asequibles y accesibles
¿Qué está haciendo la OPS/OMS?

Promoción de la justicia social y la equidad en el campo de la salud
Movilización de la acción intersectorial en pro de la salud
Fomento del desarrollo de sistemas de salud basados en la atención primaria
Recopilación y difusión de datos probatorios sobre los beneficios sociales, económicos y de otros tipos derivados de la promoción de la salud y la prevención de problemas de salud
Creación de instrumentos de evaluación para detectar problemas y formular respuestas apropiadas
Aumento de la capacidad y pericia en lo que se refiere a la promoción de la salud, los factores determinantes de la salud y el desarrollo local
Promoción del uso de sistemas de información geográfica para corregir las inequidades; por ejemplo, el uso de datos censales y de otras fuentes locales para realizar análisis y mapas de los factores sociales determinantes de la salud y señalar las comunidades y poblaciones vulnerables
¿Qué puede hacer usted para promover la vida urbana saludable?

Infórmese, participe, represente a su institución y dé a conocer su punto de vista
Trate de llegar a los encargados de adoptar las decisiones
Aumente sus conocimientos y úselos
Apoye y preconice políticas públicas saludables
Incorpore los principios y las prácticas de promoción de la salud
Forme redes y alianzas centradas en la promoción de la salud
Revitalice los enfoques de la atención primaria de salud
Organice a las comunidades y a la gente y déles poder de decisión

sábado, 20 de marzo de 2010

Defensa de los derechos fundamentales en internet

Manifiesto “En defensa de los derechos fundamentales en internet”

Ante la inclusión en el Anteproyecto de Ley de Economía sostenible de modificaciones legislativas que afectan al libre ejercicio de las libertades de expresión, información y el derecho de acceso a la cultura a través de Internet, los periodistas, bloggers, usuarios, profesionales y creadores de internet manifestamos nuestra firme oposición al proyecto, y declaramos que…

1.- Los derechos de autor no pueden situarse por encima de los derechos fundamentales de los ciudadanos, como el derecho a la privacidad, a la seguridad, a la presunción de inocencia, a la tutela judicial efectiva y a la libertad de expresión.

2.- La suspensión de derechos fundamentales es y debe seguir siendo competencia exclusiva del poder judicial. Ni un cierre sin sentencia. Este anteproyecto, en contra de lo establecido en el artículo 20.5 de la Constitución, pone en manos de un órgano no judicial – un organismo dependiente del ministerio de Cultura -, la potestad de impedir a los ciudadanos españoles el acceso a cualquier página web.

3.- La nueva legislación creará inseguridad jurídica en todo el sector tecnológico español, perjudicando uno de los pocos campos de desarrollo y futuro de nuestra economía, entorpeciendo la creación de empresas, introduciendo trabas a la libre competencia y ralentizando su proyección internacional.

4.- La nueva legislación propuesta amenaza a los nuevos creadores y entorpece la creación cultural. Con Internet y los sucesivos avances tecnológicos se ha democratizado extraordinariamente la creación y emisión de contenidos de todo tipo, que ya no provienen prevalentemente de las industrias culturales tradicionales, sino de multitud de fuentes diferentes.

5.- Los autores, como todos los trabajadores, tienen derecho a vivir de su trabajo con nuevas ideas creativas, modelos de negocio y actividades asociadas a sus creaciones. Intentar sostener con cambios legislativos a una industria obsoleta que no sabe adaptarse a este nuevo entorno no es ni justo ni realista. Si su modelo de negocio se basaba en el control de las copias de las obras y en Internet no es posible sin vulnerar derechos fundamentales, deberían buscar otro modelo.

6.- Consideramos que las industrias culturales necesitan para sobrevivir alternativas modernas, eficaces, creíbles y asequibles y que se adecuen a los nuevos usos sociales, en lugar de limitaciones tan desproporcionadas como ineficaces para el fin que dicen perseguir.

7.- Internet debe funcionar de forma libre y sin interferencias políticas auspiciadas por sectores que pretenden perpetuar obsoletos modelos de negocio e imposibilitar que el saber humano siga siendo libre.

8.- Exigimos que el Gobierno garantice por ley la neutralidad de la Red en España, ante cualquier presión que pueda producirse, como marco para el desarrollo de una economía sostenible y realista de cara al futuro.

9.- Proponemos una verdadera reforma del derecho de propiedad intelectual orientada a su fin: devolver a la sociedad el conocimiento, promover el dominio público y limitar los abusos de las entidades gestoras.

10.- En democracia las leyes y sus modificaciones deben aprobarse tras el oportuno debate público y habiendo consultado previamente a todas las partes implicadas. No es de recibo que se realicen cambios legislativos que afectan a derechos fundamentales en una ley no orgánica y que versa sobre otra materia.

Este manifiesto, elaborado de forma conjunta por varios autores, es de todos y de ninguno. Si quieres sumarte a él, difúndelo por Internet.

También puedes firmar la petición en:

http://www.petitiononline.com/ed021209/petition.html

http://red-sostenible.net/

jueves, 18 de marzo de 2010

Discriminación de homosexuales en la investigación clinica


Según una noticia publicada en el diario el mundo que se hace eco a su vez de un artículo publicado en la prestigiosa revista médica 'New England Journal of Medicine' las investigaciones médicas discriminan a los homosexuales. Esto pone en cuestión la forma que los laboratorios farmacéuticos reclutan a los participantes en los ensayos clínicos.

Ocurre a menudo que por razones pseudo científicas los ensayos clínicos adoptan criterios de exclusión-inclusión injustificables, excluyendo y discriminando sectores poblacionales concretas, ya sean mujeres, ancianos, y a tenor de la noticia publicada en El Mundo, ahora le toca a los homosexuales. Así, según los autores existen "evidencias de que algunos ensayos excluyen de forma explícita a determinados individuos basándose en su orientación sexual".

Hasta un total de 243 estudios fueron identificados, 37 de los cuales -un 15% de la muestra- excluían de forma explícita a homosexuales.

La discriminación de grupos es una práctica que atenta contra las recomendaciones éticas en materia de investigación clínica. Esperemos que estas practicas se erradiquen definitivamente, por lo que habrá que pedir a los Comités de Ética de Investigación Clínica, que no pierdan de vista este asunto.
Angel Alfredo Martínez Ques

martes, 16 de marzo de 2010

Revista Ética de los Cuidados



Revista Ética de los Cuidados
2º Semestre 2009, Nº4

Ya puede encontrar en Cantárida el último número de ETICA DE LOS CUIDADOS, correspondiente al segundo semestre de 2009. ETICA DE LOS CUIDADOS es una revista científica digital especializada en bioética, tanto desde la perspectiva más global como desde la más estrictamente clínica, pasando por la ética de las organizaciones sanitarias o la ética de las políticas de salud.
Puede consultar este número accediendo a: [http://www.index-f.com/eticuidado/n4/sumario.php].

Para conocer más sobre la revista véase: [http://www.index-f.com/eticuidado/revista.php].

El sumario del número 4 es:

Editorial Editorial
Ética de la Seguridad en las organizaciones sanitarias
Ethics of the Safety in healthcare organizations
Ángel Alfredo Martínez Ques, José María Rumbo Prieto

Marco teórico Theoretical
Confidencialidad compartida y no compartida en personas con el Virus de la Inmunodeficiencia Humana
Shared and not shared confidentiality with people affected by Human Immunodeficiency Virus
Ángela Ortega López

Originales Originals
Cuidados Paliativos y Bioética: Conocimientos del personal sanitario que atiende a pacientes con enfermedades neurodegenerativas
Palliative Care and Bioethics: Knowledge of health care professionals who assist patients with neurodegenerative diseases
Ivonne Martín Hernández, Angela D. Tuero Iglesias, Clemente Trujillo Matienzo
Valoración ética de las guías de práctica clínica sobre úlceras vasculares y úlceras por presión
Ethics appraisals of the clinical practice guidelines on ulcers vascular and pressure ulcers
José María Rumbo Prieto, Luís Arantón Areosa, Camilo Raña Lama, Eva Tizón Bouza E.

Casos Clínicos Clinic Cases
Conflictos morales al final de la vida
Moral conflict at the end of life
Luisa María Calzado Sánchez, José Antonio Lis Jiménez

Revisiones Review
Los derechos de los familiares de los pacientes
The rights of the relatives of patients
Teresa Vecillas Sevilla, Ángel Alfredo Martínez Ques

Miscelánea Miscellaneous
"La Carta de la Tierra": Declaración ética para una sociedad mundial sostenible, solidaria, justa y pacífica
The Charter Of The Earth: Declaration ethics for a sustainable global society, solidarity, fair and peaceful
Grupo de Ética Profesional Enfermera

Cartas al director Letter to the editor
Necesidad de información de calidad en educación sexual. Importancia de la prevención del VIH/SIDA en jóvenes
Need for quality information on sex education. Importance of HIV / AIDS prevention among youth
Eva Tizón Bouza
Intervenciones de enfermería en la Recepción, Acogida y Clasificación de Pacientes
Nursing interventions in the Reception, welcome and Classification of Patients
Amparo García-Falcón, Antonia Vázquez-González, Inmaculada Aponte-Tomillo, Raquel Moya Meléndez

Reseña bibliográfica Bibliography review
Aplicación de la Bioética al bienestar y al derecho de los animales, de Miguel Andrés Capó Martí
José Mª Rumbo Prieto, Luis Arantón Areosa

Noticias News





viernes, 15 de enero de 2010

del derecho al aborto, la objeción de conciencia y los profesionales

El derecho a la objeción de conciencia debe ser reconocido a los profesionales en la nueva ley de aborto según una encuesta realizada en la web del sindicato SATSE. En efecto, alrededor del 80% de los usuarios de este portal considera que la nueva ley del aborto debe reconocer este derecho.

Según esta se señala en esta web la nueva ley del aborto se aprobó en el Congreso el pasado 17 de diciembre con el apoyo de 184 diputados y aquí ya incorporaba el reconocimiento de la objeción de conciencia para el personal sanitario. Una vez incorporadas las enmiendas consensuadas y pactadas por los partidos políticos, la ley se presentará en el Senado; si éste da el visto bueno la ley volverá al congreso que tendrá que aprobarla definitivamente para su publicación en BOE y entrada en vigor.

En España Real Decreto 2409/1986, de 21 de noviembre, sobre Centros Sanitarios Acreditados y Dictámenes Preceptivos para la Práctica Legal de la Interrupción Voluntaria del Embarazo, actualmente vigente, en su artículo 9, reconoce implícitamente el derecho a la objeción de conciencia de los profesionales sanitarios ante el aborto al disponer que “la no realización de la práctica del aborto habrá de ser comunicada a la interesada con carácter inmediato al objeto de que pueda con el tiempo suficiente acudir a otro facultativo”.

Por su parte el titular de Justicia, Francisco Caamaño se ha mostrado tajante, afirmando que "en nuestro país no hay más objeción de conciencia que aquélla que está expresamente establecida en la Constitución o por el legislador en las Cortes Generales. Todos estamos sometidos a la ley. Las ideas personales no pueden excusarnos del cumplimiento de la ley porque, si no, nos llevaría en muchísimos temas, en éste y en otros muchos, a la desobediencia civil".

La presidenta del Comité de Bioética de España, Victoria Camps, aseguró que la objeción de conciencia en el caso del aborto "debe de estar regulada". Según la catedrática "si el aborto es una prestación legitima los centros públicos la tienen que poder ofrecer"

Los argumentos, como cuando se tratan derechos reproductivos de la mujer, están más polarizados que nunca. Basta ver unos cuantos enlaces a continuación. Estaremos atentos a lo que ocurra. ¿ y tu que opinas?

Enlaces:

http://www.ipas.org/Publications/asset_upload_file947_4711.pdf

http://biblioteca.unisabana.edu.co/revistas/index.php/personaybioetica/issue/view/124/showToc

http://www.andoc.es/

http://derechosanitario-rdl.blogspot.com/2009/12/la-objecion-de-conciencia-en-la-nueva.html

http://www.libertaddigital.com/sociedad/caamano-sobre-el-aborto-no-cabe-objecion-de-conciencia-para-los-medicos-1276367557/

http://nosotrasdecidimos.org/?p=13

http://www.lukor.com/not-esp/nacional/portada/09060130.htm

http://www.enfermeriacanaria.com/wptfe/wp-content/uploads/consideraciones-objecion-conciencia.pdf

sábado, 9 de enero de 2010

Sobre el posicionamiento de las Direcciones y la practica basada en la evidencia

Un artículo de Montserrat Solis que aparece en la revista NURE, me ha sorprendido gratamente y es por lo que recomiendo su pronta lectura. En el se hacen una serie de observaciones muy interesantes de las que me permito extraer dos cuestiones:

- La primera es que en aquellos centros en los que se dedican recursos a la investigación de enfermería, que cuentan con unidades de apoyo a la investigación y tienen a una enfermera dedicada a la investigación obtienen mejores resultados.

- Otra es la necesidad del posicionamiento de las Direcciones de Enfermería frente al compromiso de mejorar los resultados en salud de los usuarios.

Estas dos cuestiones gravitan sobre la responsabilidad de las Direcciones en la mejora de los resultados en salud. Son aspectos que no pueden ser obviados. Ya no se trata de hacer un número determinado de investigaciones, sino de mejorar los cuidados de salud que ofrecen a los usuarios. ¿Y como mejorar sin investigación? Actualmente, quizás fruto de la crisis económica, se puede estar tentado en atender otras prioridades, antes que a la investigación. Incluso que se desconozca o se obvie estos temas. Craso error. La investigación tiene una dinámica distinta a la clínica con un decalage propio. Y pasar un tiempo sin dedicarle atención y recursos conduce no solo a la parálisis sino al retroceso, y la desmotivación en los profesionales se incrementa. Todo este tiempo perdido entonces es irrecuperable, en la medida que se atenta por omisión contra uno de los motores del desarrollo profesional, que es la investigación.
Y cuando se quiera rectificar, lo cual está en la naturaleza de las cosas, no sabemos que va a ocurrir con todos aquellos profesionales a los que ignoraron. Y lo que es mas importante, ¿Cómo sabemos que los cuidados en salud son los adecuados? ¿O es que no interesa? Cabe exigir un posicionamiento explicito de las Direcciones de Enfermeria, en materia de investigación. O al final quedaremos al vaivén de las olas.
Angel Alredo Martínez Ques
Enlace:

domingo, 25 de octubre de 2009

Una vida salvada plenamente vivida: a proposito del dia del daño cerebral adquirido


El próximo lunes 26 de octubre se reivindica el Día del Daño Cerebral Adquirido. El DCA es un problema de salud muy importante en los países desarrollados, como consecuencia de las secuelas que implica, ya que los afectados desarrollan algún tipo de discapacidad, ya sea funcional, cognitiva o, en general, de ambos tipos.

El daño cerebral puede deberse a diferentes causas: tumores, lesiones vasculares, enfermedades infecciosas, anoxia (parálisis cerebral infantil), etc. Sin embargo, la causa más frecuente es la de origen traumático y recibe el nombre de traumatismo craneoencefálico (TCE). Para la Federación Española de Daño Adquirido, el retroceso intelectual y educacional que se deriva de su Lesión Cerebral no le permite continuar con sus estudios, ni con su trabajo, ni con sus amigos, ni con su novio/a, en definitiva, se produce una ruptura total con el entorno en general.

Según Adacca (Asociación de Familiares de Pacientes con Daño Cerebral Adquirido de Cádiz), en este día -explican-, “se quiere mostrar a la sociedad la realidad de las personas que han padecido un Daño Cerebral y sus principales necesidades”.Según apuntan, para muchas personas el Daño Cerebral Adquirido (DCA) es “algo totalmente desconocido, para otras por desgracia algo muy cotidiano”. “Lo común en todos estos casos es que la vida cambia totalmente para la persona que ha sufrido el daño y para toda su familia”.

El DCA ha sido calificado como una “pandemia silenciosa”, debido a que el número de personas con este problema en España ronda ya las 300.000, afectando de forma directa a población joven y adulta y, de un modo indirecto, a los familiares.Desde la Federación Española de Daño Cerebral se propone un lema común: Porque una vida salvada, merece ser vivida.

Creo que todos conocemos algún caso de DCA. Muchos de ellos son debidos a accidentes de tráfico. Algunos se encuentran con dificultades para retornar a su “vida” profesional y familiar, ya que las limitaciones no son físicas. En el aspecto neuropsicológico (afectación de las funciones superiores), se pueden producir una gran variabilidad de déficits cognitivos y conductuales que, con diferente intensidad, siempre aparecen como consecuencia del daño cerebral moderado o grave. Las principales funciones cognitivas que pueden verse alteradas son: la atención - la concentración, la memoria - el aprendizaje, el razonamiento - la inteligencia, el lenguaje - el habla etc. Con respecto a la conducta - emoción: impulsividad, desinhibición, falta de iniciativa, escasa conciencia del trastorno, cambio de carácter, etc. Por estas razones la dificultad para el retorno a la actividad laboral es complicada. De ahí que se reclamen de las administraciones más ayudas, a la sociedad más comprensión y solidaridad con este problema y sobretodo reivindicar mas desarrollo de la neurorehabilitación para ayudar a la persona afectada por un daño cerebral a optimizar la recuperación de sus funciones.

Como señala FEDACE en su página web: a pesar de la magnitud del problema existe una ignorancia casi absoluta acerca de la lesión cerebral. Perdura todavía la falsa creencia de que después del coma el afectado abre los ojos y regresa a su vida anterior al accidente. La realidad es otra bien distinta: el afectado y su familia tendrán que aprender a vivir casi desde cero. Los bulos o falsas creencias abundan, y el conocimiento real sobre qué es una lesión cerebral escasea. "A fuerza de voluntad se puede conseguir todo" es uno de los falsos lemas que atribuyen a la voluntad un poder que no tiene. Desafortunadamente, incluso la mejor voluntad del mundo, no puede regenerar un cerebro dañado sin una ingente colaboración de especialistas expertos en el tratamiento de la lesión cerebral.

Enlaces: FEDACE: http://www.fedace.org/
El domingo, una cadena humana rodeará el estadio Santiago Bernabéu para llamar la atención sobre la enfermedad: http://www.que.es/ultimas-noticias/sociedad/200910222114-lunes-dia-mundial-del-dano.html

Ángel Alfredo Martínez Ques

sábado, 17 de octubre de 2009

Derecho de acceso a la historia clinica

Interesante artículo firmado por Soledad Valle para Diario Medico titulado Historial clínico: objeto de deseo y de derecho.
El Servicio de Atención al Usuario del Hospital Clínico San Carlos de Madrid recibe más de 250 solicitudes al mes de historiales clínicos. Para responder a esta demanda, ha informatizado este procedimiento y ha elaborado un protocolo de actuación que respeta lo establecido en la Ley 41/2002, de Autonomía del Paciente. El derecho del enfermo a recibir una copia de estos documentos debe conciliarse con el derecho del médico a mantener en privado sus valoraciones subjetivas y con la información de terceros
Cada vez es más frecuente que los pacientes demanden tener acceso al contenido de sus informes médicos. "Atendemos más de 250 peticiones al mes de esta documentación. Lo más habitual es la solicitud de informes de alta y del informe evolutivo", señala Ana Alguacil, coordinadora de Calidad del hospital.
El derecho del paciente a disponer de una copia de parte o de la totalidad de su historial clínico está regulado por la Ley 41/2002, de Autonomía del Paciente. La norma señala dos ámbitos de limitación claros para el ejercicio de este derecho: ni cualquier persona puede solicitar la entrega de esta documentación, ni todos los datos que contienen los informes tienen la misma protección.Con el objetivo de responder mejor a la creciente demanda informativa y de observar la normativa que existe en este campo, el clínico ha elaborado un protocolo de actuación que ha conseguido agilizar los trámites en la entrega de la documentación. La iniciativa, que fue presentada al IV Premio a las Mejores Prácticas Europeas en materia de Protección de Datos, ha sido bien recibida.
El hospital ha informatizado las peticiones colgando en su página web los requisitos que se deben presentar para solicitar esta documentación. Una vez preparado el material, desde el Servicio de Atención al Usuario se envía un mensaje al móvil del solicitante para informarle de que ya puede pasar a recoger su informe.
El enlace a esta página web es: http://www.madrid.org/cs/Satellite?cid=1142531704920&language=es&pagename=HospitalClinicoSanCarlos%2FPage%2FHCLN_contenidoFinal

La Ley 41/2002 de 14 de Noviembre de autonomía del paciente recoge que el paciente tiene derecho de acceso a la documentación que obre en su historia clínica, salvo determinadas excepciones que contempla la ley.

Los datos personales y relativos a la salud de los pacientes son confidenciales y están sujetos a un régimen de protección regulado en la Ley Orgánica 15/1999 de protección de datos de carácter personal.
En la web se recomienda que si desea solicitar documentación clínica, debe tenerse en cuenta estas que:
1. Deberá cumplimentar el Impreso al efecto.
2. Es necesario que en la solicitud conste el tipo de documento clínico que necesita.
3. La entrega de la documentación solicitada no podrá entregarse el mismo día al estar sometida a un proceso administrativo.
4. Si su médico le entrega en consulta algún documento guárdelo, puede serle útil en el futuro.
5. En ocasiones es más útil el informe radiológico que las placas de Rayos.

Si bien lo normal que el derecho al acceso de la documentación la haga el propio interesado, también se dan casos en los que son otros los que lo piden. En estos casos es necesario que terceras personas y familiares cuenten con la autorización previa del paciente. ¿Qué ocurre en el caso que el paciente haya fallecido. En ese caso, la interpretación más habitual de la ley es que el familiar tiene derecho a recibir la información a no ser que el fallecido haya dejado testimonio escrito de su oposición.

Una de las cuestiones que suscitan mas controversia es la relativa a si se deben entregar las anotaciones facultativas (de médicos o enfermeras, sobre todo) que suelen encontrarse en los informes evolutivos del paciente. En estos casos, escribe Valle que cita a Noelia Gil Cidoncha, jefa del Servido de Asesoría Jurídica del Clínico, el hospital convoca a los autores de las notas y les pide su autorización para entregar copia al paciente. "En un informe evolutivo pueden haber participado hasta 40 profesionales. Nosotros los citamos para que vean sus comentarios y den la autorización, algo en lo que no suele haber problemas", señala Gil. Por su parte Carlos Elvira, coordinador del Servicio de Admisión y Documentación Clínica apunta que "los comentarios subjetivos realmente son muy pocos: nosotros asumimos la responsabilidad de interpretar la subjetividad o no de éstos y, en caso de duda, consultamos al autor". El derecho a consultar los informes médicos no incluye aquellos datos facilitados por otras personas en interés terapéutico del paciente.
La solicitud de documentación cobra especial importancia ante el incremento notable de reclamaciones por responsabilidad médica en los últimos años. Y esto es especialmente llamativo en materia de Consentimiento Informado.

La ley 41/2002 regula el derecho de acceso en su artículo 18 que dice:
Artículo 18. Derechos de acceso a la historia clínica.
1. El paciente tiene el derecho de acceso, con las reservas señaladas en el apartado 3 de este artículo, a la documentación de la historia clínica y a obtener copia de los datos que figuran en ella. Los centros sanitarios regularán el procedimiento que garantice la observancia de estos derechos.
2. El derecho de acceso del paciente a la historia clínica puede ejercerse también por representación debidamente acreditada.
3. El derecho al acceso del paciente a la documentación de la historia clínica no puede ejercitarse en perjuicio del derecho de terceras personas a la confidencialidad de los datos que constan en ella recogidos en interés terapéutico del paciente, ni en perjuicio del derecho de los profesionales participantes en su elaboración, los cuales pueden oponer al derecho de acceso la reserva de sus anotaciones subjetivas.
4. Los centros sanitarios y los facultativos de ejercicio individual sólo facilitarán el acceso a la historia clínica de los pacientes fallecidos a las personas vinculadas a él, por razones familiares o de hecho, salvo que el fallecido lo hubiese prohibido expresamente y así se acredite. En cualquier caso el acceso de un tercero a la historia clínica motivado por un riesgo para su salud se limitará a los datos pertinentes. No se facilitará información que afecte a la intimidad del fallecido ni a las anotaciones subjetivas de los profesionales, ni que perjudique a terceros.
Más información:
Angel Alfredo Martinez Ques

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La ética de la investigación

CIOMS, tal como se la conoce por sus siglas en Ingles (Council For International Organizacions of Medical Sciences) ha desarrollado, en conjunto con la Organización Mundial de la Salud, un conjunto de pautas éticas internacionales para las investigaciones biomédicas con sujetos humanos, con especial atención a los estudios patrocinados por las naciones desarrolladas y llevadas a cabo en aquellas en vías de desarrollo.

Ver http://www.paho.org/Spanish/BIO/CIOMS.pdf para la versión completa en español de las pautas y los comentarios.

Para ser ética la investigación debe cumplir una serie de condiciones, de acuerdo con la pauta 1ª de la CIOMS :

"La justificación ética de la investigación biomédica en seres humanos radica en la expectativa de descubrir nuevas formas de beneficiar la salud de las personas. La investigación puede justificarse éticamente sólo si se realiza de manera tal que respete y proteja a los sujetos de esa investigación, sea justa para ellos y moralmente aceptable en las comunidades en que se realiza. Además, como la investigación sin validez científica no es ética, pues expone a los sujetos de investigación a riesgos sin posibles beneficios, los investigadores y patrocinadores deben asegurar que los estudios propuestos en seres humanos estén de acuerdo con principios científicos generalmente aceptados y se basen en un conocimiento adecuado de la literatura científica pertinente".

Una investigación puede ser mal diseñada o realizada, produciendo resultados científicamente poco confiables o inválidos. En este sentido, la mala ciencia no es ética. Las revistas deberían acogerse a una serie de principios o pautas para su publicación, lo cual sería una buena práctica.

(Parte de este texto se publicó en la lista gneaupp-ulceras el 29 de abril de 2007)